Foto: La veda electoral es un conjunto de medidas, cuyo objetivo es generar condiciones para que la ciudadanía reflexione su voto en libertad
Foto: La veda electoral es un conjunto de medidas, cuyo objetivo es generar condiciones para que la ciudadanía reflexione su voto en libertad

¡Ten cuidado, no vayas a ser acreedor a una multa!,  aquí te decimos qué escuándo comienza la veda electoral.

Está por concluir la campaña electoral que inició el primero de marzo, para dar paso a la veda electoral, pero ¿qué es y cuándo comienza, aquí te decimos?

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¿Qué es la veda electoral?

Conocida también como periodo de reflexión, la veda es el tiempo que se otorga a la ciudadanía para que piense sobre sus opciones de voto, previo a las elecciones del próximo 2 de junio.

Durante este período de reflexión se prohíben:

  • Actos de campaña y proselitismo electoral.
  • Propaganda electoral y gubernamental, con excepción de campañas de servicios educativos, salud o protección civil.
  • Difusión y publicación de resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales.

Todo lo anterior durante los tres días previos a la jornada electoral y hasta la clausura de las casillas. (Así lo definió el Instituto Nacional Electoral (INE) en una infografía)

Objetivo de la veda electoral.

El objetivo de la veda electoral es generar condiciones para que la ciudadanía reflexione el sentido de su voto en libertad, sin imposiciones o mensajes de último momento. Durante este periodo, las candidaturas y los partidos políticos se abstienen de cualquier tipo de propaganda electoral. Estas restricciones también incluyen a las redes sociales y de no llevarse a cabo conforme lo estipulado , pueden ser acreedores a alguna multa

¿Cuándo inicia el tiempo de reflexión?

La veda electoral 2024 comienza a las 0.00 del jueves 30 de mayo y concluye el domingo 2 de junio a las 18.00 horas tras el cierre de las casillas para asegurar a la ciudadanía un periodo de reflexión sobre el voto libre y secreto.

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Tipos de sanciones 

La Ley General en Materia de Delitos Electorales establece multas y hasta seis años de cárcel para funcionarios o candidaturas que realicen o distribuyan propaganda durante la jornada electoral.

Lo mismo aplica para quienes divulguen, de manera pública y dolosa, noticias falsas en torno al desarrollo de la jornada o respecto a sus resultados.

¡Toma en cuenta lo anterior y no emitas ningún juicio a favor o encontra de algún partido durante este tiempo!

Por Sarai Salazar

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