Desde el 17 de junio entraron en vigor las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, conocidas como “Ley Silla”, que otorgan el derecho al descanso sentado.

Estas reformas aplican en sectores como servicios, comercio y fábricas, donde los trabajadores desempeñan sus funciones de pie durante horas continuas. Con ello, los empleadores deberán proporcionar sillas con respaldo suficientes.

Las reformas a los artículos 132 y 133 de la LFT prohíben despedir a trabajadores que soliciten una silla, así como negarles este derecho básico.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) será la encargada de emitir nuevas normas de riesgo para espacios laborales donde se labora en posición vertical prolongada.

La “Ley Silla” establece claramente: “Son obligaciones de las personas empleadoras: Proveer el número suficiente de sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras...”.

Los sectores más beneficiados son aquellos con labores de atención directa, como cajeros, vigilantes, mostradores, obreros de línea y empleados de servicios.

Estas personas deberán contar con una silla accesible para realizar funciones o tener pausas activas en su jornada, favoreciendo la salud y el bienestar físico.

Las empresas tendrán 180 días para adecuarse a esta normativa. Deberán ajustar su reglamento interno y condiciones laborales antes del 14 de diciembre de 2025.

El incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas y multas, de acuerdo con las disposiciones de la STPS.

Esta ley busca reducir riesgos laborales, combatir la fatiga postural y mejorar la calidad de vida de millones de trabajadores en México.

Se recomienda a los empleadores iniciar cuanto antes los procesos de adecuación para cumplir con esta nueva obligación legal.

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